La denominada Ley Olimpia deberá regresar a la Cámara de Diputados debido a que el Senado le hizo modificaciones a la minuta que recibió.
EFE.- El Senado aprobó este jueves lallamada Ley Olimpia para tipificar diversos delitos relacionados de acoso digital, en particular en lo referido a la difusión de contenido íntimo y sexual, con penas de hasta 6 años de cárcel.
Por unanimidad, con 87 votos a favor, la Cámara alta aprobó con algunas modificaciones el dictamen propuesto por la Cámara de Diputados, a donde ahora volverá el texto para extender a nivel federal una ley que la mayoría de estados del país ya habían aprobado con diferentes sanciones.
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El texto votado por los senadores califica como violencia digital “toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta” imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona “sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización“.
Entre los cambios que hicieron los senadores a la minuta que recibieron de los diputados está la inclusión de la violencia digital como una modalidad que abarca todas las agresiones en contra las mujeres, niñas y adolescentes.
Además, se incorporó la violencia que se desarrolla en los medios de comunicación, así como la tipificación de estos delitos en el Código Penal Federal.
La Ley Olimpia, llamada así por el nombre de la activista del estado de Puebla que inició la lucha a nivel nacional, también castiga la violencia mediática.
Es decir, “todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas” o que permita o produzca un discurso de odio sexista.
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Las penas establecidas vande los 3 a los 6 años de cárcel y una multa económica.
Las sanciones pueden aumentar hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge o pareja, por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza, o por un servidor público en ejercicio de sus funciones.
La lucha por la ley empezó en 2014 en el estado de Puebla, donde la activista Olimpia Coral Melo sufrió de violencia digital cuando en redes sociales comenzó a circular un video en el que ella, con apenas 18 años, practicaba sexo con su novio.
La propia activista, presente este jueves en el Senado, celebró y agradeció en un video en Twitter la aprobación de la ley por parte de los senadores, pero recordó “el trabajo y la rabia de todas las (mujeres) que nos ha arrebatado el machismo, el sistema”.
“Para nosotras no hay límites”, aseguró antes de advertir que la lucha por los derechos de la mujeres seguirá “hasta que la dignidad se haga costumbre”
Coral estuvo acompañada en el video por la senadora del gobernante Movimiento Regeneración Nacional (Morena) Martha Lucía Micher, la impulsora de la ley en la Cámara alta y que consideró la aprobación como “una gran reforma, es una respuesta, es una deuda” con todas las mujeres.
“Ojalá les haya gustado (a los diputados) cómo reformulamos la ley y la aprueben y se aplique en todo el país. Y ahora, a los estados donde no esté la ley, que se reforme”, zanjó.
Fuente: https://www.forbes.com.mx/politica-senado-ley-olimpia-hasta-6-anos-carcel-acoso-sexual-digital/